
El sindicato de los trabajadores de las empresas de servicios públicos domiciliarios y de telecomunicaciones Sintraemsdes, organización nacional denunció la violación flagrante de los derechos laborales de los trabajadores de Empoobando E.S.P. en la ciudad de Ipiales en Nariño.

Humberto Polo Cabrera, presidente del sindicato nacional, hizo el pronunciamiento en compañía de los miembros de la Junta Directiva Nacional luego de conocer las denuncias de Andrés Mauricio Cabrera, presidente de la subdirectiva sindical en Ipiales.
Dice el Informativo de la organización sindical:
Andrés Mauricio Cabrera ha denunciado los abusos implementados por Julio Vicente Burbano como gerente de la empresa y quien viene despidiendo sistemáticamente a los trabajadores vinculados al sindicato.
Según se ha conocido, los políticos tradicionales se niegan a aceptar que los puestos de trabajo en la empresa se concedan por meritocracia y no como cuota de reparto político, por lo que, bajo la batuta de Burbano, son ya 15 los trabajadores con preaviso de despido.
Como se recuerda en el año 2019 y tras una fuerte lucha judicial para reivindicar los derechos de los trabajadores, se logró que la Corte reconociera con base en la C-016 de 1998, la C-003 de 1998,
la C-329 del 2001 y últimamente la T-357 del 2016, a la organización sindical y con ello su pliego de peticiones, del cual la mayoría de sus puntos se aprobaron incluido el de estabilidad laboral.

Andrés Mauricio Cabrera describe que ese punto específicamente estableció que no se siguiera contratando personal bajo la modalidad de contratos prorrogables, por prestarse para atender favores políticos y dejando de lado el talento y experiencia del personal más apto. Sin embargo, el señor Burbano lleva adelante una campaña de ubicación de personal bajo esa modalidad desconociendo lo pactado en 2019. “El ingeniero Julio Vicente Burbano Ruiz, ha ido sacando a la gente sin justa causa”, denunció Cabrera.
“Esa negociación tiene fuerza de ley porque es avalada por los artículos 39 de la Constitución y por el bloque constitucional, así como por los lineamientos que tiene la OIT respecto a los derechos y protección del trabajador, más aún en tiempos de pandemia”, afirmó Carlos Dussán, asesor jurídico de Sintraemsdes Nacional.
“Considero procedente la demanda ordinaria pidiendo el reintegro como pretensión principal y la indemnización por despido injusto como pretensión subsidiaria. Lo ideal es que esta empresa y todas aquellas que estén creyendo que es época de sacar provecho de los trabajadores, se abstengan de alegar el plazo presuntivo como causa para dar por terminada la relación de trabajo, explicó Dussán.
El abogado informó además que no puede establecerse un contrato a término indefinido con un plazo presuntivo, y que hacerlo es violar el Principio de la Estabilidad en el Empleo.
“Respecto a todas estas anormalidades surgidas en diferentes organizaciones empleadoras, se destaca el silencio de las entidades públicas de vigilancia y control que en teoría propenden por cuidar los derechos de los trabajadores colombianos”, finalizó el Presidente de la nacional, Polo Cabrera.