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Alcalde de Ipiales nombró Secretario de Movilidad sin requisitos de ley: ANDETT

La Asociación Nacional de Empleados de Tránsito y Transporte (ANDETT) solicitó la destitución inmediata del señor Jorge Luis Burbano Montenegro, por no cumplir los requisitos legales para desempeñarse como secretario de movilidad de Ipiales.

Burbano Montenegro es administrador de empresas y contador público; por lo tanto no tiene relación con el cargo que viene desempeñando desde el 1 de enero de 2021; además no cuenta con la experiencia en temas específicos relacionados con el tránsito y transporte.

Se presume que una constancia de trabajado durante 2 años como instructor en normas de tránsito en la Escuela Conducir que anexó para su vinculación con la Alcaldía de Ipiales, son falsos, ya que, según el directivo de ANDETT, una vez verificada en la plataforma RUNT, no aparece.

Dice Meymer Robinzon Franco, Vicepresidente Nacional de la Asociación Nacional de Empleados de Tránsito Y Transporte ANDETT:

Solicito respetuosamente se proceda a notificar de la insubsistencia del cargo del actual Secretario de Movilidad del Municipio de Ipiales señor JORGE LUIS BURBANO MONTENEGRO, quien se identifica con la cedula de ciudadanía No. 87.713.080 nombrado en el cargo bajo el Decreto Municipal 005 del 1 de Enero de 2020, y según Acta de Posesión de la misma fecha y firmado por el actual alcalde LUIS FERNANDO VILLOTA MÉNDEZ, teniendo en cuenta las normas legales y en especial las contenidas en la ley de carrera administrativa, Ley 1310 de 2009 y sentencia del Concejo de Estado…

HECHOS:

  1. Que el artículo 8 de la Ley 1310 de 2009 indica las calidades que deben reunir los Directores de Organismos de Tránsito o Secretarías de Tránsito. Artículo 8º. Modifíquese el inciso 1º del artículo 4º de la Ley 769 de 2002, el cual quedará así: Los Directores de los Organismos de Tránsito o Secretarías de Tránsito de las entidades territoriales deberán acreditar formación profesional relacionada y experiencia en el ramo de dos (2) años o en su defecto estudios de diplomado o posgrado en la materia.
  2. Que, revisados y vistos los documentos mencionados y aportados por el subsecretario de Talento Humano de la alcaldía de Ipiales, suscritos por JUAN CARLOS BASTIDAS como Subsecretario, donde se describe uno a uno los documentos aportados por el señor JORGE LUIS BURBANO MONTENEGRO, NO ENCAJAN LOS MISMOS EN LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA LEY.
  3. Que la certificación suscrita por la Dra. ANA MILENA BENAVIDES directora de la Academia Nacional «CONDUCIR» de fecha 30 de diciembre de 2019, donde afirma que el señor BURBANO MONTENEGRO, se desempeñó en la institución como INSTRUCTOR en normas de tránsito, Seguridad Vial y Código Nacional de Tránsito, con una duración de dos (2) años, desde el 01 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2019 cumpliendo con las labores encomendadas; al verificar en la Plataforma Runt el número de cédula 87713080 no acredita la calidad de instructor por lo que dicha certificación aportada a la hoja de vida se presume es una falsedad.

4. En la página web de la Alcaldía de Ipiales, SIGEP, el Señor JORGE LUIS BURBANO MONTENEGRO, registra hoja de vida en la cual relaciona varios cargos en varias entidades desde el año 1995 al 2018, sin que se relacione el cargo de INSTRUCTOR en las vigencias 2017 al 2019 como lo expresa la certificación la directora de la escuela «Conducir».

El señor JORGE LUIS BURBANO MONTENEGRO no cumple con los requisitos para nombrarse secretario de movilidad del municipio de Ipiales, toda vez que:

i) No tiene formación académica relacionada con el cargo desempeñado

ii) No cuenta con título de postgrado en áreas relacionadas con las funciones del cargo

iii) No demostró la experiencia relacionada con el empleo.

Como consecuencia de los anterior se violaron las siguientes normas 122 a 125, 150, 298, 303 y 305 de la Constitución Política; 8º de la Ley 1310 de 2009, y no se tuvo en cuenta el Concepto 7391 de 2013 Departamento Administrativo de la Función Pública.

Es de informar que la actuación anterior constituye una clara violación a la ley penal en especial lo relacionado a la desviación de poder; concluye la solicitud enviada a la alcaldía de Ipiales a través del Secretario General.

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